IGV y facturación electrónica en Perú 2026: guía práctica
IGV en Perú 2026: la tasa del 18% y su nuevo reparto 15.5% + 2.5% IPM, 10.5% para MYPE de restaurantes y hoteles, cronograma mensual, CPE, SIRE y detracciones.
Equipo de ClientllyActualizado 12 min de lectura
Claves del artículo
- La tasa total sigue en 18%, pero desde 2026 se reparte en 15.5% de IGV y 2.5% de Impuesto de Promoción Municipal (IPM), y llegará a 14% + 4% en 2029 según la Ley 32387.
- Las micro y pequeñas empresas de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos aplican 10.5% en 2026 (8% IGV + 2.5% IPM) y 15% en 2027, si cumplen los límites de ventas.
- El IGV se declara y paga cada mes según el cronograma por último dígito del RUC; el periodo setiembre 2026 vence entre el 16 y el 23 de octubre.
- Casi todos los negocios emiten facturas y boletas electrónicas en el Sistema de Emisión Electrónica de la SUNAT, y desde el 1 de junio de 2026 quien se inscribe en el RUC es emisor electrónico desde el primer día.
- Muchos clientes depositan parte de su factura en su cuenta del Banco de la Nación (detracción) o le retienen el 3%, así que planifique su caja contando con estos sistemas.
En esta página
En el Perú, el Impuesto General a las Ventas (IGV) se cobra junto con el Impuesto de Promoción Municipal (IPM) a una tasa conjunta del 18% sobre la mayoría de ventas de bienes y servicios. Ambos los administra la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Además del impuesto, existen los sistemas de pago adelantado (detracciones, retenciones y percepciones) y uno de los sistemas de comprobantes electrónicos más extendidos de la región. Esta guía resume las reglas vigentes en octubre de 2026, con ejemplos en soles.
El IGV de un vistazo
| Concepto | Regla en 2026 |
|---|---|
| Impuesto | Impuesto General a las Ventas (IGV) más el Impuesto de Promoción Municipal (IPM) |
| Tasa total | 18% (15.5% IGV + 2.5% IPM en 2026) |
| MYPE de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos | 10.5% en 2026 (8% IGV + 2.5% IPM); 15% en 2027 |
| Exportaciones | No gravadas; el IGV de las compras se recupera con el saldo a favor del exportador |
| Inscripción | RUC ante la SUNAT antes de empezar |
| Declaración y pago | Mensual, según el cronograma por último dígito del RUC |
| Registros de ventas y compras | Electrónicos, a través del SIRE |
| Pagos adelantados | Detracciones (SPOT), retención del 3%, percepciones |
| Comprobantes | Facturas, boletas y notas electrónicas en el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) |
| Autoridad | SUNAT |
| UIT 2026 | S/ 5,500 |
La tasa: sigue en 18%, con otro reparto desde 2026
Lo que paga su cliente no cambia, pero sí la composición. La Ley 32387 traslada de forma gradual parte del IGV al IPM, que financia a las municipalidades:
| Año | IGV | IPM | Total |
|---|---|---|---|
| 2026 | 15.5% | 2.5% | 18% |
| 2027 | 15% | 3% | 18% |
| 2028 | 14.5% | 3.5% | 18% |
| 2029 | 14% | 4% | 18% |
Para la mayoría de negocios el efecto práctico está en el sistema y en los reportes: sus comprobantes y registros deben separar bien el 18% en cada año.
Las exportaciones de bienes y de los servicios que califican no están gravadas con el IGV. El IGV de las compras vinculadas genera un saldo a favor del exportador, que se puede compensar con el IGV, el impuesto a la renta u otras deudas, o pedir en devolución.
Tasa reducida para MYPE de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos
Las micro y pequeñas empresas cuya actividad principal sea restaurantes, hoteles o alojamientos turísticos aplican una tasa especial y temporal del IGV (el resumen de PwC menciona también los servicios de catering y los concesionarios de alimentos):
| Año | IGV | IPM | Total |
|---|---|---|---|
| 2026 | 8% | 2.5% | 10.5% |
| 2027 | 12% | 3% | 15% |
Las condiciones, según la SUNAT:
- ventas anuales de hasta 1,700 UIT (S/ 9,350,000 con la UIT de 2026), calculadas sobre los doce meses anteriores
- al menos el 70% de los ingresos provenientes de restaurantes, hoteles o alojamientos turísticos
- no tener vinculación económica con otras empresas o grupos económicos
Si incumple un límite, aplica el 18% desde el mes subsiguiente al último que usó para verificarlo, y puede volver a la tasa especial cuando cumpla de nuevo. La SUNAT verifica después el cumplimiento y, si la tasa se aplicó mal, cobra el tributo omitido con las sanciones correspondientes.
Quién debe inscribirse: el RUC
En el Perú no hay un monto mínimo para el IGV. Quien vende bienes o presta servicios de forma habitual se inscribe en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y aplica el IGV desde la primera operación gravada, salvo que esté en el Nuevo RUS, el régimen simplificado para negocios muy pequeños. Los contribuyentes del Nuevo RUS no pueden emitir facturas ni comprobantes que den derecho a crédito fiscal, por eso los clientes empresariales suelen preferir proveedores del Régimen Especial, del Régimen MYPE Tributario o del Régimen General.
Desde el 1 de junio de 2026, quien se inscribe en el RUC en alguno de esos regímenes es emisor electrónico desde el día de su inscripción, y quien deja el Nuevo RUS lo es desde el primer día del mes siguiente (Resolución de Superintendencia 000075-2026/SUNAT).
Declaración mensual, pago y SIRE
El IGV se declara y paga cada mes, normalmente con el Formulario Virtual 621, en la fecha que fija el cronograma anual de la SUNAT según el último dígito de su RUC. En 2026 los vencimientos caen entre el 15 y el 28 del mes siguiente. Por ejemplo:
| Periodo | RUC termina en 0 | 1 | 2 y 3 | 4 y 5 | 6 y 7 | 8 y 9 | Buenos contribuyentes |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Setiembre 2026 | 16 oct | 19 oct | 20 oct | 21 oct | 22 oct | 23 oct | 26 oct |
| Octubre 2026 | 16 nov | 17 nov | 18 nov | 19 nov | 20 nov | 23 nov | 24 nov |
| Noviembre 2026 | 17 dic | 18 dic | 21 dic | 22 dic | 23 dic | 24 dic | 28 dic |
El impuesto del mes es el IGV de sus ventas menos el crédito fiscal, es decir, el IGV de sus compras sustentado con facturas válidas, y menos las retenciones o percepciones que le hayan practicado. Si el crédito es mayor, el saldo se arrastra a los meses siguientes.
SIRE. El Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras (RCE) se llevan en el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) de la SUNAT, que le presenta una propuesta armada con los comprobantes electrónicos que recibió. Desde junio de 2026, quien pasa a estar obligado a llevar estos registros lo hace en el SIRE desde ese periodo, y los principales contribuyentes con ingresos netos de 2024 mayores a 2,300 UIT se incorporaron desde el periodo octubre de 2026 (Resolución de Superintendencia 000125-2026/SUNAT).
Si paga tarde, la deuda tributaria genera intereses moratorios de 0.03% diario, equivalente a 0.9% mensual (PwC).
Detracciones, retenciones y percepciones
El Perú cobra por adelantado parte del IGV a través de sus clientes y proveedores:
- Detracciones (SPOT). En los bienes y servicios de la lista, su cliente deposita un porcentaje del importe total de la operación en su cuenta del Banco de la Nación y le paga el resto. Según PwC, los porcentajes son de 1.5%, 4%, 10% o 15% en bienes, y de 10% o 12% en servicios (12%, por ejemplo, en intermediación laboral y en mantenimiento y reparación de bienes muebles). Su cliente solo puede usar el crédito fiscal cuando hizo el depósito. Usted usa ese dinero para pagar sus tributos y puede pedir la liberación de los saldos que no utilice.
- Retenciones. Las empresas que la SUNAT designa como agentes de retención le retienen el 3% del importe total de la factura, IGV incluido, y lo pagan a la SUNAT por usted.
- Percepciones. En ciertas ventas y en las importaciones, el vendedor o la aduana cobra un adelanto del IGV del comprador.
Los tres montos se descuentan de su IGV mensual, así que regístrelos con el mismo cuidado que sus ventas. Como las detracciones y retenciones ya reducen lo que cobra, pacte plazos de pago e intereses moratorios claros en sus contratos; en nuestra guía para cobrar más rápido encontrará ideas prácticas.
Comprobantes: factura, boleta y sus requisitos
El Reglamento de Comprobantes de Pago (Resolución de Superintendencia 007-99/SUNAT) define qué comprobante emitir:
- Factura: a compradores que son contribuyentes del IGV con derecho a crédito fiscal, o que necesitan sustentar gasto o costo, y en las exportaciones.
- Boleta de venta: a consumidores finales. No da derecho a crédito fiscal ni sustenta gasto o costo. Cuando el importe total de la boleta supera S/ 700, o el comprador lo pide, debe consignar sus apellidos y nombres y el tipo y número de su documento de identidad.
El artículo 8 del reglamento establece el contenido de la factura:
| Núm. | Requisito |
|---|---|
| 1 | Sus apellidos y nombres o razón social (y nombre comercial, si lo tiene), su domicilio fiscal y la dirección del establecimiento emisor |
| 2 | Su número de RUC |
| 3 | La denominación del comprobante: FACTURA |
| 4 | Serie y número correlativo |
| 5 | Apellidos y nombres o razón social y RUC del adquirente |
| 6 | Descripción del bien o servicio, con cantidad y unidad de medida |
| 7 | Precios unitarios |
| 8 | Valor de venta sin tributos |
| 9 | Tributos y cargos adicionales discriminados, con su nombre y tasa |
| 10 | Importe total, en números y en letras |
| 11 | Número de las guías de remisión u otros documentos relacionados |
| 12 | Fecha de emisión |
La factura electrónica tiene una serie alfanumérica de cuatro caracteres que empieza con F y su propia numeración correlativa desde 1, y se emite a adquirentes con RUC (salvo en exportaciones). Sustenta crédito fiscal, costo y gasto, y su autenticidad se puede consultar en el portal de la SUNAT.
Si factura en dólares, como muchas empresas en el Perú, deje constancia del tipo de cambio que usó en cada comprobante; las conversiones de la SUNAT, por ejemplo para la retención del 3%, usan el tipo de cambio promedio ponderado venta que publica la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).
Notas de crédito y de débito
La nota de crédito electrónica solo puede emitirse respecto de una factura electrónica aceptada por la SUNAT, o de una boleta electrónica, otorgadas antes al mismo adquirente; una nota puede modificar varios comprobantes. Excepcionalmente, puede emitirse hasta el décimo quinto día hábil del mes siguiente para anular una factura o boleta emitida a un sujeto distinto del adquirente, o para corregir una descripción que no corresponde a lo vendido. La nota de débito electrónica aumenta el importe de un comprobante anterior.
Conservación
Guarde sus registros, comprobantes electrónicos y sustentos al menos mientras la SUNAT pueda fiscalizarlos: por lo general cuatro años desde el 1 de enero del año siguiente al vencimiento de la declaración, y seis si no la presentó.
Facturación electrónica: el SEE y lo que cambió en 2026
El Sistema de Emisión Electrónica (SEE), creado por la Resolución de Superintendencia 300-2014/SUNAT, comprende facturas, boletas, notas de crédito y débito, guías de remisión y comprobantes de retención y percepción. Ofrece varias formas de emitir:
- SEE-SOL: el portal gratuito de la SUNAT, con su Clave SOL
- SEE-Facturador SUNAT (SFS): el aplicativo de escritorio de la SUNAT
- SEE-Del contribuyente: sus propios sistemas, que envían los comprobantes directamente a la SUNAT
- SEE-OSE: a través de un Operador de Servicios Electrónicos, autorizado para validar los comprobantes por encargo de la SUNAT
Las facturas electrónicas se envían a la SUNAT o al OSE, que devuelve la constancia de recepción (CDR) con su estado; las boletas pueden enviarse una por una o en un resumen diario. Prácticamente todos los negocios ya son emisores electrónicos.
Cambios de 2025 y 2026:
- 1 de junio de 2026: los nuevos inscritos en el RUC en el Régimen General, el Régimen Especial o el Régimen MYPE Tributario son emisores electrónicos desde el día de su inscripción y llevan sus registros en el SIRE desde el inicio (Resolución de Superintendencia 000075-2026/SUNAT).
- Octubre de 2026: los principales contribuyentes con ingresos netos de 2024 mayores a 2,300 UIT pasan sus registros de ventas y compras al SIRE (Resolución de Superintendencia 000125-2026/SUNAT).
- 2027: la SUNAT incorpora al sistema electrónico los documentos autorizados que aún se emiten en papel, como los de servicios aeroportuarios; la Resolución de Superintendencia 000143-2026/SUNAT postergó ese cambio al 1 de enero y al 1 de abril de 2027.
Para emitir comprobantes electrónicos válidos necesita las herramientas de la SUNAT, un OSE o un sistema que envíe los comprobantes a la SUNAT según las reglas del SEE. Si su programa de facturación no es ninguno de ellos, necesita uno para ese paso.
Ejemplo práctico en soles
Usted tiene una pequeña empresa de mantenimiento informático en Lima y factura a un cliente en 2026:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Valor de venta | S/ 10,000.00 |
| IGV 15.5% | S/ 1,550.00 |
| IPM 2.5% | S/ 250.00 |
| Importe total | S/ 11,800.00 |
Si el servicio está sujeto a una detracción del 12%, su cliente deposita S/ 1,416.00 (12% de S/ 11,800.00) en su cuenta del Banco de la Nación y le paga S/ 10,384.00.
En el mismo mes compra equipos y servicios por S/ 4,000.00 más S/ 720.00 de IGV e IPM, sustentados con facturas. Su impuesto del mes es S/ 1,800.00 − S/ 720.00 = S/ 1,080.00, que puede pagar en parte con los fondos de detracciones.
Un restaurante MYPE que cumple las condiciones cobra un menú de S/ 100.00 más 10.5% (S/ 8.00 de IGV y S/ 2.50 de IPM): S/ 110.50.
Errores frecuentes
- Usar el reparto del año pasado. El total sigue siendo 18%, pero en 2026 es 15.5% de IGV y 2.5% de IPM.
- Aplicar el 10.5% de restaurantes sin revisar cada mes los límites de 1,700 UIT y del 70%.
- Emitir boleta a un cliente empresarial, que luego no puede usar el crédito fiscal ni sustentar el gasto.
- Omitir los datos del comprador en boletas de más de S/ 700.
- Descuidar las detracciones: si su cliente no deposita, pierde el crédito fiscal, y el dinero que queda en su cuenta de detracciones no es de libre disponibilidad.
- Corregir una factura emitiendo otra en lugar de una nota de crédito, o querer anular una factura emitida al cliente equivocado después del décimo quinto día hábil del mes siguiente.
- Pasarse del vencimiento de su dígito, con intereses de 0.03% diario y multas.
Cómo le ayuda Clientlly
Clientlly numera sus comprobantes de forma correlativa por serie y aplica las tasas del Perú en cada factura. Las notas de crédito quedan vinculadas a la factura original, el PDF sale en el idioma de su cliente y puede facturar en soles, dólares y otras monedas. Cada factura puede llevar un enlace de pago con tarjeta, usted ve cuándo su cliente la abrió y los recordatorios automáticos salen 3, 14 y 30 días después del vencimiento; las facturas recurrentes resuelven los servicios mensuales. Escanee los comprobantes de sus proveedores y el impuesto se lee automáticamente. Clientlly lleva los libros de ventas y compras por tasa, incluidas las exportaciones, y prepara reportes tributarios para usted y su contador, con exportación a Excel y PDF. Puede importar clientes, proveedores, productos y saldos iniciales desde Excel o CSV, y trabajar desde la app móvil.
Clientlly no es un OSE y no envía comprobantes a la SUNAT: para emitir comprobantes electrónicos válidos en el Perú necesita las herramientas de la SUNAT, un OSE o un sistema que cumpla las reglas del SEE para ese paso. Conozca las funciones de facturación y de contabilidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la tasa del IGV en 2026?
La tasa total es 18%. Desde 2026 se reparte en 15.5% de IGV y 2.5% de Impuesto de Promoción Municipal (IPM); el reparto cambia cada año hasta llegar a 14% + 4% en 2029, y el total se mantiene en 18%.
¿Qué tasa aplican los restaurantes y hoteles MYPE?
Las micro y pequeñas empresas cuya actividad principal es restaurantes, hoteles o alojamientos turísticos aplican 10.5% en 2026 (8% IGV + 2.5% IPM) y 15% en 2027, siempre que sus ventas anuales no superen 1,700 UIT y al menos el 70% de sus ingresos provenga de esas actividades.
¿Cuándo se paga el IGV?
Cada mes, según el cronograma de la SUNAT por último dígito del RUC. En 2026 los vencimientos caen entre el 15 y el 28 del mes siguiente; el periodo setiembre 2026 vence entre el 16 y el 23 de octubre, y el 26 de octubre para buenos contribuyentes.
¿Cuándo emito factura y cuándo boleta?
La factura se emite a compradores con RUC que necesitan el crédito fiscal o sustentar gasto o costo, y en las exportaciones. La boleta se emite a consumidores finales; si supera S/ 700, o el comprador lo pide, debe incluir sus nombres y su documento de identidad.
¿Qué es la detracción?
En el SPOT, el cliente deposita un porcentaje del importe total, por ejemplo 10% o 12% en muchos servicios, en la cuenta del proveedor en el Banco de la Nación y le paga el resto directamente. El proveedor usa esos fondos para pagar sus tributos.
Fuentes
- PwC Worldwide Tax Summaries: Peru, corporate other taxes (revisado el 13 de julio de 2026)
- PwC Worldwide Tax Summaries: Peru, tax administration (revisado el 13 de julio de 2026)
- SUNAT Orientación: concepto, tasa y operaciones gravadas del IGV (Ley 32387, reparto 2026-2029)
- SUNAT Orientación: reducción del IGV para MYPE de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos
- SUNAT: cronograma de obligaciones mensuales, ejercicio 2026
- SUNAT: valores de la UIT (S/ 5,500 para 2026)
- SUNAT: Reglamento de Comprobantes de Pago, capítulo I (qué comprobante emitir)
- SUNAT: Reglamento de Comprobantes de Pago, capítulo III (requisitos de facturas y boletas)
- SUNAT: Resolución de Superintendencia 000075-2026/SUNAT (emisores electrónicos desde la inscripción en el RUC, SIRE)
- SUNAT: Resolución de Superintendencia 000125-2026/SUNAT (SIRE para principales contribuyentes desde octubre de 2026)
- SUNAT: Resolución de Superintendencia 000143-2026/SUNAT (postergación a 2027)
- SUNAT Orientación: nota de débito y nota de crédito electrónica
- SUNAT Orientación: concepto y características de la factura electrónica
- SUNAT Orientación: importe de la operación y tasa de retención del IGV (3%)
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